El VEP es el requisito previo obligatorio antes de escriturar una compraventa en Córdoba. En DIS lo tramitamos completo ante Catastro, con profesional matriculado y respuesta en el día. Trabajamos con escribanías y particulares.
Solicitar el VEP →La Verificación de Estado Parcelario (VEP) es el trabajo por el cual un profesional matriculado comprueba que el estado parcelario del inmueble subsiste respecto del último plano de mensura aprobado: verifica en el terreno que los límites, la superficie y la ubicación siguen coincidiendo con la documentación catastral.
En la Provincia de Córdoba, el VEP es un requisito previo obligatorio para escriturar una compraventa, y la mayoría de los bancos también lo exigen para otorgar créditos hipotecarios. Sin VEP vigente, la operación no puede avanzar.
Sabemos que usted trabaja con fechas de firma. Priorizamos sus pedidos, gestionamos todo el trámite ante Catastro y le entregamos el VEP a tiempo, con documentación prolija que no rebota. Un solo agrimensor de confianza para todas sus verificaciones y mensuras. Y si el caso requiere saneamiento o usucapión, contamos con abogados y escribanías asociadas para resolverlo de forma integral.
El certificado de VEP tiene una validez de un año desde su emisión. En casos sin observaciones, el trámite suele resolverse en pocos días hábiles; si el inmueble presenta diferencias respecto del plano aprobado, puede requerirse una mensura actualizada previa (lo determinamos en el estudio inicial). Por eso conviene iniciarlo con anticipación a la fecha de firma.
Córdoba Capital, Villa Carlos Paz, Villa Allende, Río Ceballos, Alta Gracia, Jesús María, La Calera, Unquillo, Mendiolaza, Cosquín y localidades del Gran Córdoba y el interior.
Es la verificación por la que un profesional matriculado comprueba que el estado parcelario del inmueble sigue vigente respecto del último plano aprobado. En Córdoba es obligatorio para escriturar.
Depende de la ubicación, la superficie y la situación catastral. Confirmamos plazo y presupuesto en el día; la primera consulta es sin cargo.
Un año desde su emisión. Conviene tramitarlo con anticipación a la escritura, pero no demasiado antes.
No siempre. Si el estado parcelario subsiste, alcanza con el VEP. Si hay diferencias con el plano aprobado, puede requerirse una mensura actualizada previa.
Escribanías y particulares: contanos los datos del inmueble y la fecha de firma. Respondemos en el día.
Solicitar el VEP →